Estudio jurídico integral

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Estos son algunos de los increíbles servicios que ofrecemos.

Derecho civil

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  • Sucesiones.

  • Planificación hereditaria.

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DERECHO PREVISIONAL

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  • Jubilaciones.

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Preguntas frecuentes

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Sucesión
¿Cuándo se abre una sucesión?

Cuando muere una persona. En ese momento se produce la transmisión de su herencia.

¿Qué es la herencia?

La herencia contiene todos los bienes, derechos y obligaciones de la persona fallecida, a la que se llama 'causante'. Es decir, se heredan bienes, créditos y deudas. Los herederos responden por las deudas de la persona fallecida con los bienes que reciben.

¿Es necesario que el causante deje un testamento?

No. La sucesión puede abrirse aunque no haya testamento. Esto se debe a que hay dos tipos de sucesión:

Testamentaria

Es la que se abre cuando la persona deja un testamento en el que dispone de sus bienes.

Por la ley

Es la que se abre cuando no hay testamento y se aplican las reglas del Código Civil y Comercial para distribuir el patrimonio de la persona fallecida.

¿Cuándo se abre una sucesión en Argentina?

La sucesión se abre en el momento exacto del fallecimiento de una persona. Este acto marca el inicio de la transmisión de su patrimonio a sus herederos. Es importante destacar que la apertura de la sucesión no implica automáticamente que los herederos adquieran la titularidad de los bienes, sino que se inicia un proceso legal para determinar quiénes son los herederos y cómo se distribuirán los bienes.

Herederos
¿Qué es la herencia?

En términos legales, la herencia se define como el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que una persona fallecida, denominada 'causante', transmite a sus sucesores. Esta transmisión no se limita a los activos, sino que también incluye las deudas y obligaciones pendientes del causante. Los herederos responden por las deudas de la persona fallecida con los bienes que reciben.

¿Quién es 'el causante'?

Es la persona fallecida. La sucesión se abre respecto de su patrimonio: el conjunto de sus bienes y deudas.

¿Quiénes son herederos?

Son las personas a las que se transmite todo o una parte del patrimonio del causante.

¿Qué es un legatario?

Es una persona que recibe un bien o un conjunto de bienes determinados del patrimonio del causante por decisión de éste.

¿Puede heredar el hijo que nació después de la muerte de su padre?

Sí, si la concepción fue anterior a la muerte del padre aunque haya nacido después. También puede heredar el bebé que fue concebido mediante técnicas de reproducción humana asistida y que nace después de la muerte del causante.

Adopción
¿Qué es la adopción?

Es el sistema que les permite a las niñas, niños y adolescentes tener una familia que les brinde afecto y cubra sus necesidades materiales cuando no lo puede hacer su familia de origen.

¿La persona adoptada tiene derecho a conocer su origen?

Sí. Tiene derecho a conocer el expediente de adopción y los datos sobre su identidad y familia de origen.

¿Los y las adoptantes tienen que comunicarle a la persona adoptada su origen?

Sí. En el expediente de adopción se comprometen a comunicarle su origen.

Tipos de Adopción
¿Existen distintos tipos de adopción?

Sí, la adopción puede ser plena o simple de acuerdo a lo que el juez considere más conveniente para la niña, niño o adolescente. También existe la adopción de integración, que consiste en adoptar al hijo de tu cónyuge o conviviente.

¿Qué diferencia hay entre la adopción plena y la adopción simple?

La adopción plena es irrevocable, mientras que la adopción simple es revocable. En la adopción plena, la persona adoptada tiene en la familia adoptiva (extendida) los mismos derechos y obligaciones de todo hijo. En la adopción simple, no se crean vínculos jurídicos con la familia extendida. El juez decide el tipo de vínculos que se mantienen o se extinguen respecto de la familia de origen, tanto en la adopción plena como en la simple.

Propuesta Reguladora del Divorcio
¿Qué es la propuesta reguladora del divorcio?

Es el conjunto de medidas que proponen los cónyuges para hacer frente a las consecuencias del divorcio. Pueden presentar una propuesta juntos o presentar propuestas por separado.

¿Qué cuestiones debe incluir la propuesta reguladora del divorcio?

Tiene que contener soluciones para: la vivienda, la distribución de los bienes, los alimentos para los hijos, el cuidado personal de los hijos (antes se hablaba de 'la tenencia'), el régimen de comunicación (antes conocido como 'régimen de visitas') y las posibles compensaciones económicas entre los cónyuges.

¿Qué pasa si no nos ponemos de acuerdo con la propuesta para regular el divorcio?

El desacuerdo sobre la propuesta reguladora no suspende la sentencia de divorcio. En todo caso, las partes seguirán discutiendo después las consecuencias de la disolución del vínculo.

Compensación Económica
¿Qué es la compensación económica?

Es una suma de dinero o equivalente que le corresponde al cónyuge que sufre un desequilibrio económico como consecuencia del divorcio. Puede ser un pago único o una renta. Puede pagarse con dinero, con el usufructo de algunos bienes o de cualquier otro modo.

¿Siempre corresponde una compensación económica?

No. Para que te corresponda la compensación económica tenés que probar que sufriste un desequilibrio económico a causa del divorcio.

¿Qué pasa si no nos ponemos de acuerdo sobre la compensación económica?

La fija el juez. Para ello, tiene en cuenta, entre otras cosas: el patrimonio de los cónyuges cuando se casaron y el patrimonio que tenían al momento de pedir el divorcio; la dedicación de cada uno a la familia, crianza y educación de los hijos; la edad y estado de salud de los cónyuges y de los hijos; la capacidad laboral y posibilidad de acceder a un empleo del cónyuge que pide la compensación.

¿Hay un plazo para pedir la compensación económica?

Sí, tenés que pedirla antes de que pasen 6 meses de la fecha en que se dictó la sentencia de divorcio.

Testamentaria
Sucesión testamentaria:

Esta se produce cuando el causante ha otorgado un testamento válido, en el cual expresa su voluntad sobre cómo se distribuirán sus bienes después de su fallecimiento. El testamento permite al causante disponer de sus bienes de acuerdo con sus deseos, dentro de los límites establecidos por la ley.

Sucesión intestada o ab intestato (por ley):

Esta se produce cuando el causante no ha dejado testamento, o cuando el testamento existente es inválido o ineficaz. En este caso, la distribución de los bienes se realiza de acuerdo con el orden de prelación establecido por el Código Civil y Comercial de la Nación Argentina. Este orden prioriza a los descendientes, ascendientes, cónyuge y parientes colaterales del causante.

Legatarios
¿Quién es 'el causante'?

Es la persona fallecida. La sucesión se abre respecto de su patrimonio: el conjunto de sus bienes y deudas.

¿Quiénes son herederos?

Son las personas a las que se transmite todo o una parte del patrimonio del causante.

¿Qué es un legatario?

Es una persona que recibe un bien o un conjunto de bienes determinados del patrimonio del causante por decisión de éste.

¿Puede heredar el hijo que nació después de la muerte de su padre?

Sí, si la concepción fue anterior a la muerte del padre, aunque haya nacido después. También puede heredar el bebé que fue concebido mediante técnicas de reproducción humana asistida que nace después de la muerte del causante.

Derechos del Consumidor
Cuáles son los principales derechos de los consumidores?

Derecho a la protección de la salud y seguridad. Derecho a la información. Derecho a la educación. Derecho al trato digno. Derecho a que se cumpla con la oferta y publicidad.

¿Por qué es importante que los contratos sean redactados/revisados por abogados?

Es importante que los contratos sean redactados y revisados por un profesional para garantizar que sean válidos, claros, y que protejan los intereses de las partes.

Esto es lo que dicen nuestros clientes

Contraté los servicios del estudio porque quería divorciarme y quedé encantado con el trabajo, la disposición y la cercanía que generan, recomendado.

Montes Hernán

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